MOMENTOS DE LA SUCESIÓN
Existen
tres (3) tres momentos importantes:
La apertura, el
art. 993 del Código Civil establece quela sucesión se abren el momento de
muerte y en el lugar del último domicilio del de cujus. La apertura es el
momento que se produce con la muerte del titular de un patrimonio. Existen
ciertos aspectos que se desprenden de la apertura de la sucesión, a saber: Es
el momento que se toma en cuenta para determinar quiénes son los sucesores y
que derechos tienen en la sucesión; no existe sucesión de una persona viva; la
determinación del domicilio viene dada por el artículo 27 del Código Civil;
origina una comunidad hereditaria sujeta a partición; genera la obligación de
asumir aspectos tributarios; está referido al impuesto sobre sucesiones;
determina el Fuero Sucesoral, es decir, cual es el Tribunal competente para
conocer las acciones derivadas de la herencia. Por tanto, colocar la hora en el
Acta de Defunción es importante, debido a que de esta forma puede determinarse
quiénes son sus herederos, no solamente quienes se encuentran con vida, sino
por aquellos que se encuentran concebidos.
Delación: el
llamado que se hace al heredero, para que haga suya la herencia. Este llamado
se puede hacer en virtud de la Ley o del Testamento.
Adquisición: Es
el momento en el cual el heredero comparece y manifiesta o no la opción de
aceptar o no la herencia. Y si la acepta de manera pura y simple o a beneficio
de inventario. . La herencia puede ser de tres formas: activa, pasiva o
equilibrada. Es activa cuando los activos superan a los pasivos, es pasiva
cuando los pasivos superan a los activos; y será equilibrada cuando hay paridad
entre ambos, es decir se encuentran en situación de equilibrio
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